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martes, 22 de octubre de 2013
lunes, 14 de octubre de 2013
regula el subsistema de formación profesional para el empleo.
Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula
el subsistema de formación profesional para el empleo.
Artículo 4. Iniciativas de formación.
CAPÍTULO I
Disposiciones
generales
El subsistema de formación profesional para el empleo está
integrado por las siguientes iniciativas de formación:
a) La formación de demanda, que abarca las acciones formativas
de las empresas y los permisos individuales de formación financiados total o
parcialmente con fondos públicos, para responder a las necesidades específicas
de formación planteadas por las empresas y sus trabajadores.
b) La formación de oferta, que comprende los planes de
formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados y las acciones
formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados con el fin de
ofrecerles una formación que les capacite para el desempeño cualificado de las
profesiones y el acceso al empleo.
c) La formación en alternancia con el empleo, que está
integrada por las acciones formativas de los contratos para la formación y por
los programas públicos de empleo-formación, permitiendo al trabajador
compatibilizar la formación con la práctica profesional en el puesto de
trabajo.
d) Las acciones de apoyo y acompañamiento a la formación, que
son aquellas que permiten mejorar la eficacia del subsistema de formación
profesional para el empleo.
miércoles, 9 de octubre de 2013
Diferencias entre la formación de oferta y la formación de demanda
La formación
profesional es considerada como una de las claves para el desarrollo
empresarial de un país. Por ese motivo, en los últimos años, se han
intensificado el número de medidas y acciones para la promoción y desarrollo de
acciones deformación para el empleo (Formación de oferta y formación de demanda)
El interés en la
impartición de este tipo de acciones formativas no sólo estriba en la reducción
de la tasa de desempleo, sino también en la mejora de las competencias
profesionales de quienes ocupan un puesto de trabajo y por ende en la mejora de
la competitividad de las empresas para las que prestan sus servicios.
Si bien es cierto
que tanto la formación de oferta como la formación de demanda forman parte de
las “enseñanzas no regladas” estas se diferencian tanto en su financiación como
en el papel que juegan los intermediarios (Administraciones públicas, Agentes
Sociales o entidades privadas)
• Formación
de oferta: Se denomina formación de oferta (o
formación ocupacional) porque su desarrollo parte de la Administración pública,
agentes sociales, o entidades privadas.
Este tipo de formación, subvencionada por el Estado y el Fondo Social Europeo, “capacita para el desempeño
cualificado de las distintas profesiones y para el acceso al empleo”
Ejemplos de este
tipo de acciones formativas son:
→ Formación para el desarrollo estratégico de una región
→ Formación para el desarrollo de nuevos sectores
profesionales
→ Formación para la inserción laboral de colectivos en
riesgo de exclusión social
• Formación
de demanda: También conocida como formación continua, tiene como objetivo el desarrollo curricular de trabajadores,
a través de procesos de recualificación profesional, y por ende a la mejora de
la eficiencia y competitividad empresarial.
Por ese motivo,
este tipo de acciones formativas están dirigidas a cubrir las necesidades de
formación tanto de empresas como de trabajadores.
Si la formación de oferta era financiada a través de
subvenciones, la formación continua es financiada a través de un sistema de
bonificaciones, es decir, las empresas disponen de un “crédito
formativo” cuyo importe proviene de las aportaciones de las
empresas a la Seguridad Social.
jueves, 26 de septiembre de 2013
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